Por una vivienda accesible, asequible e inclusiva para las personas con discapacidad

Abr 22, 2021

En atención a la importancia de la vivienda para el proceso de inclusión y participación comunitaria de las personas con discapacidad, con motivo del 3 de mayo de 2021, Día Nacional en España de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, CERMI EXTREMADURA, como movimiento social de la discapacidad en nuestra región y en línea con el movimiento social de la discapacidad en España, reclamará la garantía por parte de los poderes públicos de una vivienda accesible, asequible e inclusiva.

Para esta demanda, se leerá un manifiesto, elaborado por el mencionado Comité de Entidades de Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en un acto organizado conjuntamente con el Ayuntamiento de Mérida.

VIVIENDA ACCESIBLE, ASEQUIBLE E INCLUSIVA

Presupuesto previo: Como en cualquier otro ámbito, en relación con el derecho a la vivienda, la persona con discapacidad debe estar situada en el centro de todas las decisiones que le afecten, reconociendo que es titular en plenitud de derechos, lo cual genera como contrapartida la responsabilidad del Estado, de las administraciones, del mercado y de los distintos operadores en su respeto, aplicación y garantía.

En este ámbito amplio que abarca toda la acción pública en materia de vivienda, es necesario llevar a efecto dos medidas de calado, por un lado, la aprobación de una Ley General de Garantía del Derecho Social a la Vivienda, así como aumentar el parque público de vivienda, dedicando al menos el 2 por 100 del Producto Interior Bruto a asegurar esta finalidad.

Por una vivienda accesible: La accesibilidad universal debe ser la norma que guíe todos y cada uno de los principios, mandatos y actuaciones de las políticas públicas y normativas vinculadas a la vivienda, ya que de lo contrario se excluirá a las personas con discapacidad y por tanto serándiscriminadas. Además, la prolongación de la esperanza de vida de amplias capas de la población refuerza la exigencia de adaptar el parque construido para garantizar que ninguna persona quede aislada en su vivienda, recluida por ausencia de condiciones de accesibilidad y diseño universales. Accesibilidad que deberá girar en torno a tres ejes: las medidas de accesibilidad universal propiamente dichas (arquitectónicas, comunicacionales y cognitivas), el diseño para todas las personas,las adecuaciones los ajustes razonables para los entornos preexistentes.

La accesibilidad del bien básico de la vivienda pasa, aquí y ahora,por que la agenda política asuma con convicción y resuelva con urgencia estas demandas:

  • Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal.

 

  • Información de accesibilidad universal en la ficha del edificio obrante en el Registro de la Propiedad y en los canales y soportes administrativos de edificación.

 

  • Creación de Fondos Públicos de Rehabilitación del parque de inmuebles y edificios preexistente que no reúnan condiciones de accesibilidad y usabilidad.

 

  • Creación de un Fondo Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal.

 

  • Establecimiento por los poderes públicos y Administraciones de una oferta viva, actualizada, transparente y suficiente de viviendas accesibles.

 

Por una vivienda asequible: Las personas con discapacidad, en general, presentan una elevada dependencia de instancias ajenas a la propia persona, al entorno familiar o a prestaciones o recursos públicos o de la sociedad civil. Fundamentalmente, porque ingresan menos y tanto ellas como sus familiassoportan más gastos por razón de discapacidad -el llamado agravio económico-, lo cual las coloca en situación de dificultad objetiva para ejercer su autonomía personal y su derecho a llevar vida independiente. Nadie, por razón de discapacidad,que acentúa la falta de recursos económicos, debe quedar excluido de una vivienda digna y adecuada.

Por una vivienda inclusiva base para una vida independiente en el entorno comunitario: Las personas con discapacidad necesitan nuevas formas de habitabilidad y convivencia, con enfoque inclusivo e innovador, que permita la vida independiente en la comunidad de pertenencia y la participación social de grupos tradicionalmente excluidos que han estado sometidos a formas de vida apartada y separada. Para ello, es preciso generalizar prestaciones sociales como la de la asistencia personal, que han de estar al alcance de toda persona con discapacidad con necesidades de apoyo para su autonomía y participación comunitaria.

Diálogo civil en las políticas de vivienda: Las políticas públicas de vivienda, en todas sus dimensiones, deben estar presididas y permeadas por el principio de diálogo civil, en virtud del cual las organizaciones representativas de personas con discapacidad y de sus familias participan, en los términos que establecen las leyes, en la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de los asuntos públicos que les conciernen. Hay que fortalecer, mediante una práctica activa, un diálogo permanente con las organizaciones de discapacidad a la hora de configurar las políticas públicas, ya que de lo contrario serán excluyentes.

Protección judicial del derecho a la vivienda: Las personas con discapacidad siguen encontrando barreras de entidad en el acceso a la Justicia, lo que pone en riesgo la defensa y garantía de su derecho humano a una vivienda digna y adecuada. Especial significación tienen los casos de desalojo forzoso de la vivienda habitual o las reclamaciones para incluir medidas de accesibilidad en las comunidades de propietarios. En este sentido, se deben establecer mecanismos de denuncia y rendición de cuentas accesibles e inclusivos, una adecuada coordinación con el sistema publico de servicios sociales generando un espacio de acción socio-habitacional, y garantizar que los tribunales estén autorizados y dotados de recursos adecuados para tramitar y resolver demandas relacionadas con el derecho de las personas con discapacidad una vivienda, protegiendo a la persona de cualquier represalia o presión indebida.También, deben promoverse por las Administraciones competentes servicios de mediación, de carácter extrajudicial, que aceleren y faciliten lasoluciónde las controversias en las que se pueden ver inmersas las personas con discapacidad en el ejercicio de su derecho a una vivienda accesible, asequible e inclusiva.

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